Declaraciones Juradas

Al operar con CEDEARs y títulos en moneda extranjera, es necesario confirmar las siguientes normativas del BCRA y CNV.

A los fines de realizar la adquisición de CEDEARs y/o títulos valores representativos de deuda privada emitida en jurisdicción extranjera, declaras bajo juramento que:
  • No has realizado operaciones que correspondan a egresos (incluyendo canjes o arbitrajes) en el mercado libre de cambios, dentro de:
    1. 90 días corridos previos para adquisición de títulos bajo ley argentina.
    2. 180 días corridos previos (desde el 21/04/2023) para títulos bajo ley extranjera.
  • Conforme a la Com. “A” 7606 BCRA, no sos usuario de servicios públicos que:
    1. Haya solicitado/obtenido subsidio en tarifas de gas natural/energía eléctrica.
    2. Mantenga subsidio en tarifas de agua potable.
  • Conforme a Com. “A” 7609 y 7610 BCRA (personas jurídicas): no posees actividad agrícola o, de poseerla, no vendes mercaderías (Decreto N° 576/22) a exportadores.
  • Conforme a Com. “A” 7735 BCRA, no sos beneficiario del “Plan de pago de deuda previsional” (Ley Nº 27.705) o dicha deuda ha sido cancelada.
  • No has solicitado la utilización del mecanismo de la Com. “A” 7518 BCRA dentro de los:
    1. 90 días corridos previos (ley argentina).
    2. 180 días corridos previos desde el 12/05/2023 (ley extranjera).
  • Conforme a Com. “A” 7810 BCRA, no sos beneficiario de “CRÉDITOS ANSES” (Res. N° 144/2023) o la deuda está cancelada.
  • Conforme a Com. “A” 7840 BCRA, no sos beneficiario del financiamiento Decreto N° 463/2023 o la deuda está cancelada.
  • Conforme a RG N° 984 CNV:
    1. No sos cliente del exterior con C.D.I. o C.I.E. que reviste carácter de intermediario regulado.
    2. No sos cliente intermediario radicado en el exterior regulado.
    3. La operación es para cartera propia, con fondos propios, y el volumen diario no supera los $200.000.000. Aplica a todas las subcuentas comitentes.
Para realizar ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera, declaras bajo juramento que:
  • No sos tomador de “Crédito a Tasa Cero”, “Crédito a Tasa Subsidiada”, ni financiaciones Com. “A” 6937 o préstamos “tasa 24%” (Com. “A” 7006).
  • No sos beneficiario de refinanciaciones de tarjetas de crédito (Com. "A" 6949 / Decreto Nº 319/20).
  • No has realizado egresos en el mercado libre de cambios en los 90 días previos (ley argentina) o 180 días previos desde el 21/04/2023 (ley extranjera).
  • No te encontrás alcanzado por restricciones legales para operar.
  • Aceptás que la acreditación en cuenta bancaria en USD puede resultar denegada/demorada (Com. “A” 7105 BCRA).
  • Has mantenido los valores en cartera por un plazo igual o superior a 1 (un) día hábil.
  • No sos beneficiario de programas públicos vinculados a empleadores con prohibiciones para operar.
  • No has solicitado el mecanismo Com. “A” 7518 BCRA en los plazos previstos (90/180 días).
  • No sos usuario con subsidios en tarifas de gas, luz o agua.
  • (PJ) No poseés actividad agrícola relacionada al Decreto N° 576/22.
  • No sos beneficiario de planes de deuda previsional (Com. “A” 7735 BCRA).
  • No mantenés posiciones tomadoras ni has obtenido financiamientos al momento de liquidar.
  • No sos beneficiario de “CRÉDITOS ANSES” ni financiamiento Decreto N° 463/2023.
  • Conforme a RG N° 984 CNV: operás para cartera propia, fondos propios, no sos intermediario extranjero, y respetás el límite de $200.000.000 diarios.
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